SE PROMULGO LA LEY QUE PROMUEVE LA LACTANCIA MATERNA


En concordancia con la celebración de la Semana de la Lactancia Materna —que culminó el pasado jueves 8 de agosto— el Poder Ejecutivo Nacional promulgó la Ley 26.873, que tiene por objeto la promoción y la concientización pública acerca de la importancia de la lactancia materna y de las prácticas óptimas de nutrición segura para lactantes y niños de hasta dos años.




Microprograma emitido en "Hipótesis" el sábado 10 de agosto de 2013.
Esta Ley establece, en el marco de las políticas públicas de lactancia materna, acciones tales como:

  • la promoción de lactancia materna exclusiva y prácticas óptimas de alimentación en niños de hasta los seis meses de edad;
  • la promoción de la lactancia materna continuada y alimentación complementaria oportuna para niños de hasta dos años de vida;
  • la difusión y accesibilidad a la información a los efectos de la concientización pública, en especial de las mujeres embarazadas
  • y la promoción y apoyo a la creación de centros de lactancia materna y bancos de leche materna.

La autoridad de aplicación de esta Ley es el Ministerio de Salud de la Nación, el que debe coordinar junto con la Comisión Nacional de Nutrición y Alimentación, en el marco del Consejo Federal de Salud, su aplicación con las autoridades de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

 

Asimismo, entre los objetivos de la nueva ley se cuentan

  • promover acciones y formular recomendaciones en los subsectores público estatal, privado y de la seguridad social, respecto a las condiciones adecuadas de la lactancia materna e incentivar, en su caso, su incorporación,
  • informar sobre la importancia del adecuado estado nutricional de las mujeres en edad fértil y, en especial, desde el embarazo;
  • difundir la importancia de los beneficios de la lactancia materna por medio de campañas y por todos los medios que arbitre la autoridad de aplicación;
  •  y concientizar y capacitar a la población en general, a los agentes de salud, a los promotores sociales y a los padres en particular, acerca de los beneficios y ventajas de la lactancia materna y de la correcta utilización de alimentos sucedáneos y complementarios.

Finalmente, se deberá promover la normativa necesaria para la protección de la madre trabajadora en período de lactancia; fomentar el establecimiento de lactarios en los lugares de trabajo e impulsar la legislación necesaria sobre la creación, funcionamiento, control y estándares de calidad de los bancos de leche materna.


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Hasta nuestro próximo encuentro.