El Gobierno
nacional eximió el pasado jueves 8 de enero del pago de tributos, tasas,
gravámenes e IVA a “insumos que por su especificidad, son destinados única e
inequívocamente a la elaboración de medicamentos de uso humano” que no
puedan ser provistos por la industria nacional.
Microprograma emitido en "Hipótesis" el sábado 17 de enero de 2015.
“Esos
criterios, además de referirse al carácter crítico de los bienes a incluirse en
el Anexo I de la Ley N °
25.590 y la imposibilidad de que éstos sean provistos por la industria
nacional, establecen que los mismos deben tratarse de medicamentos, reactivos
de diagnóstico, estériles o descartables e implantes terminados; partes y
accesorios de aparatos e instrumentos de uso médico o de laboratorio sólo
destinados a su reposición; implantes y accesorios para su colocación y otros
productos de uso médico terminados”, precisa la resolución.
Además,
se destaca que la aplicación de la exención a determinados insumos
“posibilitará la elaboración de medicamentos críticos para
la salud humana a costos reducidos, fomentando la industria nacional
estatal y privada y la creación efectiva y genuina de trabajo en el sector” y,
por otro lado, esa reducción en los costos, trasladada al precio final de
los medicamentos elaborados, “aumentará el poder de compra de estos bienes
por parte del Estado Nacional para el cumplimiento de una finalidad
estratégica, como lo es la mejor atención de la Salud Pública”.
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Por
su seguridad, adquiera los medicamentos solo en la farmacia y solicite
información al profesional farmacéutico acerca del uso correcto de sus
medicamentos.
Hasta nuestro
próximo encuentro.